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El TSXG anula el requisito de ingresos mínimos en las ayudas para autónomos

m. cedrón REDACCIÓN / LA VOZ

AGRICULTURA

Unións Agrarias alegó que buena parte de los productores de carne gallegos quedarían fuera de la convocatoria
Unións Agrarias alegó que buena parte de los productores de carne gallegos quedarían fuera de la convocatoria Óscar Cela

Unións Agrarias había recurrido las bases de un programa de la Xunta

04 may 2024 . Actualizado a las 10:29 h.

La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha anulado los requisitos de rendimientos netos mínimos correspondientes al 2021 que debían de cumplir los autónomos, microempresas o sociedades para poder optar a las ayudas recogidas en la orden del 28 de diciembre del 2022 por la que se establecen las bases del programa Impacto Autónomo de la Consellería de Promoción de Emprego e Igualdade y se procede a su convocatoria para el 2023. Este umbral era de 10.000 euros para los autónomos y de 50.000 euros para el resto de entidades. Eso es lo que recoge el fallo dictado el pasado 26 de abril por esta sala, tras haber admitido a trámite un recurso contencioso presentado por Unións Agrarias-UPA a principios de marzo del pasado año contra la citada orden, dirigida a intentar minimizar el impacto de la subida de los costes de materias primas y suministros derivada del estallido de la guerra de Ucrania en la economía de los autónomos o microempresas.

La organización agraria pedía la anulación de los apartados primero y tercero del artículo 6.º de la orden, en los que se establecían los rendimientos netos mínimos que, tanto autónomos como microempresas o sociedades con domicilio fiscal en Galicia, tendrían que haber tenido en el 2021 para poder acceder a las ayudas de este programa. Y justificaba la demanda en el hecho de que aquellos autónomos con menores ingresos o entidades de menor facturación quedaron excluidos de estas subvenciones, lo que a su juicio supuso una «discriminación injustificada». Entendía, además, que «burla» el objetivo de la orden porque «no incorpora como posibles beneficiarios a quienes alcanzan menores ingresos y menor facturación, quienes serían, por otra parte, los que podrían resultar más necesitados de esta ayuda».

Según los cálculos de la organización agraria, en el sector primario esa barrera de ingresos mínimos implicó dejar fuera a la «inmensa maioría das explotacións de vacún de carne» y «case a metade das explotacións de leite en Galicia». De ahí que, como añaden fuentes de Unións Agrarias, «entre carne e leite, suporía deixar fóra a máis de 23.000 explotacións galegas, ás que habería que sumar as persoas autónomas e sociedades doutros subsectores que tamén padeceron o incremento dos custos enerxéticos, como o avícola, porcino, vitícola, hortícola...». 

Las cantidades

El importe de las subvenciones, dirigidas a todos los sectores productivos, era de 800 euros para los autónomos que tributan por módulos. Para los que lo hacen en régimen de estimación directa o atribución de renta, la cantidad ascendía a 1.200 euros en caso de tener rendimientos netos de hasta 30.000 euros, o a 1.500 euros para aquellos con rendimientos netos de hasta 20.000 euros. En el caso de las microempresas las ayudas fueron de 1.200 euros para las que facturasen entre 250.000 y 750.000 euros o de 1.500 euros para las que tuviesen una facturación de entre 50.000 y 250.000 euros.

La sentencia del TSXG también recoge la respuesta de la letrada de la Xunta que alegó, entre otras cosas, que con la imposición de ese mínimo de ingresos «no se vulnera el derecho a la igualdad, ya que la orden responde a una finalidad muy concreta: promover y fomentar la actividad de autónomos mínimamente consolidados». La Administración explica además, según indica la sentencia, que fue necesario hacer una estimación de los autónomos potencialmente beneficiarios de la ayuda en relación con un nivel de rendimiento de actividades económicas de cuantía suficiente para ayudar a mantener negocios realmente viables y sostenibles en el tiempo, teniendo en cuenta el desembolso de fondos públicos , de manera que se decidió crear un abanico de facturación de entre 10.000 y 30.000 euros de rendimientos.

Lo que no especifica la sentencia es cómo tendrá que ejecutar la Xunta el fallo, que es recurrible. Porque, como dice, «los órganos jurisdiccionales no podrán determinar la forma en que han de quedar redactados los preceptos de una disposición general en sustitución de los que anularen, ni podrán determinar el contenido discrecional de los actos anulados». Desde Unións Agrarias, su portavoz, Félix Porto, cree que aunque el fallo «será difícil de cumprir, pode sentar un precedente, ao deixar claro que unha convocatoria de axudas non pode ser excluínte».

Desde la Consellería de Emprego, Comercio e Emigración mostraron ayer su «máximo respecto pola Xustiza e, nesa liña, estamos á espera de saber o alcance da sentenza da que vimos de ter coñecemento polos medios de comunicación». En este sentido, añadieron que «unha vez recibida, os equipos xurídicos da Xunta analizarana, así como a eventual posibilidade de presentar recurso». Con todo, recuerdan que los requisitos «deste programa publicado a comezos de 2023 para compensar a autónomas e autónomos pola suba de custos en calquera sector, así como o procedemento a seguir, foran consensuados coas entidades máis representativas deste eido na Mesa do traballo autónomo de Galicia». Además, recuerdan que la Xunta destinara inicialmente «30 millones a a esta liña de apoios co obxectivo de chegar a unhas 25.000 persoas beneficiarias. Cómpre destacar que se procedeu a un aumento do crédito orzamentario ata en dúas ocasións, chegando a unha dotación»..